En el marco de lo establecido en la Ley Nº 28059 y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2004-PCM, PROINVERSIÓN tuvo a su cargo la tramitación y evaluación de iniciativas privadas para ampliación de frontera agrícola en tierras eriazas de propiedad del Ministerio de Agricultura; y asimismo, en mérito a la Ley N° 26505 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 011-97-AG, tuvo a su cargo la venta en subasta pública de tierras eriazas de titularidad del Estado.
Posteriormente, mediante Decreto Legislativo N° 994, el Ministerio de Agricultura asumió la competencia para tramitar y evaluar las iniciativas privadas para ampliación de frontera agrícola sobre tierras de competencia nacional; estableciendo para tal efecto la Segunda Disposición Complementaria del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 994, aprobado por el Decreto Supremo Nº 020-2008-AG, que PROINVERSIÓN transfiera al CEPRI – AGRICULTURA toda la información y acervo documentario existente que obre en su poder como documentos, fichas, proyectos, información básica, entre otros, relacionados a la promoción de la inversión privada en proyectos de irrigación.
En cumplimiento de dicha disposición, mediante Acta de Transferencia de Acervo Documentario suscrita el 23 de setiembre del 2011, PROINVERSIÓN entregó a la Dirección General de Infraestructura Hidráulica del Ministerio de Agricultura, el acervo documentario original que obraba a la fecha en poder de PROINVERSIÓN correspondiente a ocho (8) iniciativas privadas, a fin que la indicada dirección se encargue en lo sucesivo de conducir su tramitación y evaluación. Las tierras eriazas materia de las referidas iniciativas privadas son las que se detallan a continuación:
# |
Ubicación |
Unidad Catastral |
Resolución Suprema |
6 |
Provincias de Barranca y Huara, distritos de Supe y Végueta. |
90401 |
N° 066-2000-AG |
1 |
Departamentos de Lima e Ica, provincias de Cañete y Chincha (Pampas de Concón Topara y Pampas de Ñoco) |
90337, 90338, 90339, 90341, 90432, 90443, 90444, 90445, 90446, y 90447. |
N° 001-99-AG
N° 170-2001-AG |
1 |
Departamento de la Libertad, provincia de Pacasmayo, distrito de Guadalupe (Pampas de Faclo) |
No identificada |
No identificada |
Asimismo, mediante Acta de Transferencia de Acervo Documentario suscrita el 13 de mayo de 2016, a solicitud de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego (antes, Dirección General de Infraestructura Hidráulica) del Ministerio de Agricultura y Riego, PROINVERSIÓN entregó a dicha dirección el acervo documentario correspondiente a las tierras eriazas de propiedad del mencionado Ministerio, a las que hace mención las siguientes Resoluciones Supremas:
- Resolución Suprema N° 035-98-AG
- Resolución Suprema N° 036-98-AG
- Resolución Suprema N° 001-99-AG
- Resolución Suprema N° 031-2001-AG
- Resolución Suprema N° 053-2001-AG
- Resolución Suprema N° 151-2001-AG
- Resolución Suprema N° 170-2001-AG
- Resolución Suprema N° 013-2002-AG
- Resolución Suprema N° 011-2003-AG
- Resolución Suprema N° 012-2003-AG
- Resolución Suprema N° 011-2004-AG
- Resolución Suprema N° 013-2003-AG
- Resolución Suprema N° 001-2005-AG
- Resolución Suprema N° 005-2006-AG
- Resolución Suprema N° 024-2006-AG
Nota: En el Acta se dejó constancia que no se adjuntó documentación correspondiente a las Resoluciones Supremas N° 009-2004-AG, N° 010-2004-AG y N° 002-2008-AG, en razón de haber sido entregada a PROINVERSIÓN por el Ministerio de Agricultura.
Consecuentemente, cualquier información referida a las tierras eriazas materia de las iniciativas privadas y de las Resoluciones Supremas antes aludidas, así como de otras tierras que se encuentren registradas a nombre del Ministerio de Agricultura y Riego, deberá ser solicitada en lo sucesivo a la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego de dicho ministerio.