DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
Antecedentes
Mediante Decreto de Urgencia N° 001-2011, publicado el 18.01.2011, y modificado por el Decreto de Urgencia N° 002-2011, publicado el 21.01.2011, se declara de necesidad nacional y ejecución prioritaria por parte de Proinversión, los procesos de promoción de la inversión privada vinculados con la concesión de una serie de proyectos, siendo uno de ellos la Línea de Transmisión Moyobamba-Iquitos.
Mediante Acuerdo PROINVERSIÓN N° 436-2-2011, publicado el 09.07.2011, y tomado en sesión del Consejo Directivo de fecha 07.07.2011, se aprobó el Plan de Promoción de la Inversión Privada para la entrega en concesión del Proyecto Línea de Transmisión 220 kV Moyobamba-Iquitos y Subestaciones Asociadas.
Ubicación del Proyecto
San Martín y Loreto.
Zona de influencia del Proyecto
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Tipo de bien o servicio involucrado
La concesión de la línea con una longitud de más de 600 km y una capacidad de 145 MVA, permitirá incorporar al Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN) el Sistema Aislado de Iquitos. Esto permitirá que el usuario final ubicado en el oriente peruano cuente, a partir de su Puesta en Operación Comercial, con un servicio de electricidad en condiciones de eficiencia y calidad como sus pares en otras ciudades del Perú, que cuentan con el suministro de energía proveniente de la red nacional.
El proyecto comprende la construcción de una línea de transmisión en 220 kV e instalaciones complementarias, desde las barras de 220 kV de la Subestación (S.E.) Moyobamba Nueva, hasta una subestación totalmente nueva, cercana a la S.E. Iquitos Existente, en adelante denominada S.E. Iquitos Nueva, incluyéndose además una subestación en el recorrido de la línea, denominada Subestación Intermedia.
Este proyecto incluye además los sistemas de compensación reactiva serie y paralela a instalarse en las SS.EE. Moyobamba Nueva, Intermedia e Iquitos Nueva, así como el enlace de 60 kV entre las S.E. Iquitos Nueva e Iquitos existente.
El alcance del proyecto comprende también las previsiones de espacio y facilidades para la implementación de ampliaciones futuras en estas subestaciones, tanto en 220 kV como en 60 kV.
Requisitos de Calificación
Requisitos Financieros:
El Adquirente, el Operador o el Consorcio al que pertenezca o las Empresas Vinculadas cuyas cifras o experiencia son invocadas para calificar, deberán tener, individualmente o en conjunto, en el último ejercicio concluido:
- Un Patrimonio Neto mínimo de ciento veinte millones de Dólares (US$ 120’000.000) y,
- Un Total de Activos mínimo de trescientos cincuenta millones de Dólares (US$ 350’000.000).
Requisitos Técnicos
El Adquirente, el Operador o sus Empresas Vinculadas, deberán demostrar que operan directamente o que han operado directamente en los últimos dos (2) años, sistemas de transmisión de electricidad que satisfacen las condiciones siguientes:
- Longitud: No menor de quinientos kilómetros (500 Kms.) en tensiones mayores o iguales a 220 kV; y,
- Capacidad de transformación: No menor de 250 MVA en subestaciones en tensiones mayores o iguales a 220 kV.
Requisitos Legales
- No tener impedimentos legales para contratar con el Estado Peruano.
- No participar con otro Postor en el Concurso.
- Renunciar a reclamos vía diplomática.
- Otros, que se señalan en las Bases del Concurso.
La concesión se otorgará en la modalidad de Concurso de Proyecto Integral, es decir, que el Adjudicatario será responsable por el diseño, financiación, construcción, operación y mantenimiento del proyecto. Al terminar el plazo de la concesión, la línea será transferida al Estado Peruano.
El factor de competencia será el menor Costo de Servicio Total a la fecha Presentación de la Oferta de la línea. El Costo de Servicio Total está constituido por la suma de la anualidad del Costo de Inversión, más el Costo anual de Operación y Mantenimiento.
El plazo de la concesión será de 30 años, más el plazo de construcción, que sería de 52 meses contado a partir de la fecha de Cierre.
El plazo de construcción de la línea podría verse afectado tanto por las grandes dificultades físicas que presentan los terrenos por donde se ubicará la ruta de la línea, así como por el mayor tiempo que tomaría al Concedente la aplicación del Derecho de Consulta a los Pueblos Indígenas para las Actividades Minero Energéticas, aprobado con la Ley 29785.
Conforme lo establece la Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generación Eléctrica, Ley Nº 28832, y el Reglamento de Transmisión aprobado por D.S. N° 027-2007-EM, esta línea pertenece al Sistema Garantizado de Transmisión. En razón de ello, los ingresos del Concesionario estarán constituidos por los cargos a ser abonados por la demanda (usuarios) del sistema, en base a los procedimientos establecidos por el OSINERGMIN.
La inversión de la línea se estima en aproximadamente US$ 581.18 millones.
Modalidad: Autosostenible.
Atractivos para el inversionista
El Adjudicatario tendrá acceso a las facilidades que otorga la ley peruana a las nuevas concesiones en infraestructura, tales como convenios de estabilidad jurídica, devolución anticipada del IGV, entre otros.
ENTIDAD CONCEDENTE
Ministerio de Energía y Minas.
ENTIDAD SUPERVISORA DE LA CONCESIÓN
Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN.
ESTADO DEL PROCESO
El Acto de Presentación de Ofertas y Adjudicación de la Buena Pro se llevó a cabo el jueves 05.06.14. La empresa que se adjudicó el Proyecto fue Consorcio Isolux Transmisora Peruana (Isolux Ingeniería S.A. – Isolux de México S.A. de C.V.). El Acto de Cierre del Concurso se realizó el día lunes 06.10.14.
06.10.14